Es una modalidad de préstamo en la que el capital prestado está fijado en una moneda extranjera, normalmente en francos suizos o yenes japoneses, por lo que tanto las cuotas mensuales como el capital pendiente de amortizar dependerán de la fluctuación de la moneda elegida.
Por eso, si la divisa extranjera se deprecia respecto del euro, la cuota será inferior que si la hipoteca fuera en euros; pero, en contrapartida, si la divisa se aprecia frente al euro, no solo aumentarán las cuotas, sino que tras varios años el capital pendiente puede no solo no disminuir, sino, incluso, superar al importe inicialmente concedido, causando, graves perjuicios económicos al prestatario.
¿Qué bancos han sido los que más han comercializado préstamos multidivisa?
Las entidades financieras que han suscrito un mayor número de préstamos de éste tipo con consumidores según ha establecido nuestra jurisprudencia, por lo que te aconsejamos que si tienes o has tenido un préstamo hipotecario con alguna de estas entidades, lo revises y si ves alguna referencia a moneda extranjera te pongas en contacto con nosotros para que podamos resolver cualquier duda que tuvieses.
MULTIDIVISA BANKINTER: según nuestra jurisprudencia, esta entidad bancaria ha comercializado el 34% de las hipotecas Multidivisas existentes en nuestro país, por lo que si tienes un préstamo hipotecario con esta entidad, lo más probable es que tengas un préstamo hipotecario en divisa extranjera.
MULTIDIVISA BARCLAYS: según estudio, esta entidad bancaria ha comercializado el 18% de las Multidivisas existentes en nuestro país.
MULTIDIVISA CAIXA CATALUNYA: según estudio, esta entidad bancaria ha comercializado un 17%.
MULTIDIVISA BANCO POPULAR: ha comercializado el 11% de las hipotecas de este tipo existentes en nuestro país.
MULTIDIVISA BANCO SANTANDER: esta entidad bancaria ha comercializado el 6% de las hipotecas Multidivisa.
OTRAS ENTIDADES: que no representa más del 14% de estos préstamos existentes en nuestro país, entre los que se encuentran Banco Valencia, Kutxabank, La Caixa, Bancaja y BBVA entre otros.
Pues bien, en fecha 20 de septiembre de 2017, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó sentencia, calificando la hipoteca multidivisa de abusiva, debido a la comercialización de la misma ya que supone un importante desequilibrio entre las partes del contrato, en cuanto al conocimiento del producto se refiere. También es importante destacar la falta de transparencia llevada a cabo por las entidades, ya que no bastaba con advertir sobre las subidas y bajadas de la moneda, sino que se debe informar correctamente de los riesgos económicos y obligaciones financieros que el cliente asume. Los bancos solo debían haber ofrecido este producto a consumidores con un perfil cualificado para poder comprender el producto contratado y no solo resaltar los beneficios de la hipoteca multidivisa y las reducidas cuotas a pagar.
Igualmente, nuestro Tribunal Supremo, en sentencia del 15 de noviembre de 2017, estima que las cláusulas cuestionadas de estas hipotecas no superan el control de transparencia exigible a los bancos, declara así la nulidad parcial del préstamo y la eliminación de las referencias en divisas. Es decir, estas hipotecas pasan a ser como un préstamo concedido en euros y amortizado en euros.
En algunos casos, la nulidad de una hipoteca referenciada a una multidivisa, puede conllevar que la entidad bancaria tenga que devolvernos un importe tan elevado, que la hipoteca quede automáticamente cancelada.
Si usted considera que su hipoteca puede estar referenciada a una multidivisa, no dude en ponerse en contacto con nosotros, y nuestros especialistas en derecho bancario le atenderán (primera consulta gratuita), llamando al teléfono 647619203, o enviándonos un mail a carlos@bejaranoabogados.com
Carlos Bejarano Gallardo.
Abogado. Socio-Director.